Las oraciones condicionales

Postítulo Esp. Docente en Educación y TIC - Enseñar con TIC Le y Li II

 

Como ha sido enfatizado por los autores que aportan los textos incluidos en este material complementario, la teoría de los espacios mentales y la fusión conceptual supera los alcances de la teoría de la metáfora conceptual, permitiendo describir y explicar otras construcciones lingüísticas, entre las cuales se encuentran los enunciados condicionales irreales. Asimismo, y como indica Pascual en el artículo previamente analizado, la teoría fue construida inicialmente para tratar problemas "de referencia" de larga tradición en los estudios lingüísticos. Veamos algunos ejemplos...

Los siguientes fragmentos pertenecen a un artículo rubricado por Beatriz Sarlo bajo el título "Juventud y Viudez, sus escudos y sus lanzas", publicado por el Diario La Nación el 16 de Agosto de 2011, luego de las elecciones "de medio término". Los segmentos resaltados son, precisamente, enunciados condicionales irreales o contrafácticos, tipo de construcción verbal a la cual nos abocaremos:

 

...Cuando la militancia entusiasmada cantaba en la noche del domingo: "Néstor no se murió, Néstor vive en el pueblo", reconocía esto. La Presidenta, en el momento más evocativo de su discurso, dijo: "Él está mirando desde algún lado. Está acá, ¿no es cierto? Díganme que sí". Abrazada a su hija, no sólo se permitía un tributo fúnebre de tono animista. Estaba haciendo un reconocimiento al edificio político que le dejó el muerto. (1) La paradoja es que si Kirchner hubiera seguido en este mundo estaría en peores condiciones que su mujer para beneficiarse con su propia obra.

...La viudez de Cristina ha sido su escudo y su lanza. Hay que reconocer que supo usarlos y que su victoria no puede ser solamente atribuida a que la oposición no hizo bien sus tareas. Esto último salta a la vista en cuanto se suman los votos de las diversas listas opositoras. (2) Si se hubieran unido todos, igualmente Cristina habría vencido. Esta hipótesis de oposición unificada fue imposible y, por muchas razones, no deseable.

...En cambio, otras convergencias más verosímiles no tuvieron lugar: sólo el personalismo impidió que Eduardo Duhalde y Alberto Rodríguez Saá presentaran una lista conjunta. ¿Qué obstáculo insalvable pudo separarlos después de compartir tantos años el mismo Partido Justicialista y enunciar discursos que no se contraponen? (3) En ese caso, el peronismo habría concurrido con dos boletas. (4) Es sensato pensar que Cristina Kirchner habría ganado, puntos más o puntos menos. (5) Simplemente, el electorado no peronista habría podido comprobar que el peronismo todo junto sigue siendo una mayoría impresionante, cosa que puede comprobar ahora mismo si suma los millones de votos kirchneristas y los de Duhalde y Rodríguez Saa.

...Por otra parte, Binner y el Frente Amplio Progresista, sumados a la campaña hace pocas semanas, tienen como objetivo una construcción a mediano plazo, con disposición para alianzas programáticas pero no para poner en la calle barredoras de hipotéticos votos antikirchneristas de cualquier color. Obtuvieron sólo dos puntos por debajo de Alfonsín y de Duhalde. Una buena elección, hecha sin plata y sin asesores de imagen. (6) Si hubieran decidido aceptar a De Narváez en la provincia de Buenos Aires, no habrían ganado nada para el futuro.

 

Reflexión

Para reflexionar:

¿Qué características en común tienen los enunciados resaltados?

¿Cuáles serán los "problemas de referencia" que presentan"?

¿Obstaculizan o dificultan estos problemas la verosimilitud y/o aceptabilidad de los argumentos presentados por la autora?

Dado que los contrafácticos son un tipo particular de enunciado/oración condicional, conviene repasar cuáles son las características generales de estas construcciones verbales desde el punto de vista gramatical. Más allá de que el objetivo de este material complementario sea abordarlas desde un punto de vista cognitivo, entendemos que será de interés para los docentes repasar aspectos de la gramática de la lengua española que también podrán recuperarse en sus propias clases.

Comencemos con un texto "clásico": el "Curso superior de sintaxis española" de Samuel Gili Gaya (1943). En el Capítulo XXIII de esta obra, dedicado a la subordinación adverbial, el autor desarrolla las características de las oraciones condicionales (pp. 318-322); inmediatamente después, desarrolla las características de las oraciones concesivas (pp. 322-323). Dado que se trata de dos apartados breves, y ya que posteriormente notaremos que entre ambos tipos de oraciones existen aspectos comunes, incluimos ambos títulos en el fragmento que se encuentra disponible en el siguiente enlace:

 

Oraciones condicionales y concesivas, según Samuel Gili Gaya (1943) 

Rellenar huecos

A fin de hacer más "dinámica" la lectura del material, proponemos la siguiente actividad, consistente en completar los espacios en blanco de acuerdo con la lectura del apartado de Gili Gaya sobre las oraciones condicionales:

- La oración subordinada en el período condicional se denomina , en tanto que la oración recibe el nombre de . Actualmente, ambas se construyen con formas verbales en modo indicativo o , y en ambos casos su valor, a diferencia de lo que podría creerse, es hipotético.

- Si bien la prótasis de las oraciones puede marcarse a través de distintos giros y frases conjuntivas como "de haber...", "con tal que"..., "en caso de...", entre muchos otros, la forma más característica es la "si", única expresión del español para esta categoría gramatical de uso condicional.

- Los condicionales "de relación ", como los ejemplos extraídos del artículo de Beatriz Sarlo, se construyen principalmente con formas verbales en modo .

- La apódosis del período hipotético no puede construirse con las formas verbales del tiempo  del modo subjuntivo.

- Las oraciones condicionales se relacionan con otro tipo de subordinadas, que son las oraciones , cuya prótasis se marca típicamente a través de la conjunción " ", además de múltiples expresiones, tales como "si bien...", "a pesar de que", entre muchas otras.

- La de las oraciones concesivas (es decir, la oración subordinada del período concesivo) también puede tomarse como una de lo que se expresa en la apódosis, aunque, según Gili Gaya, se trata de una "condición e inoperante" para la realización de los hechos expresados en la oración principal.

  

Para contrastar el tratamiento "tradicional" que hace Gili Gaya de las oraciones condicionales, proponemos un texto más reciente y enmarcado en otro paradigma; se trata de la "Gramática didáctica del Español", de Leonardo Gómez Torrego (2005). Como en el caso anterior, adjuntamos los apartados de la obra correspondientes las oraciones condicionales (pp. 360-363) y concesivas (358-359), disponibles en el siguiente enlace:

 

Oraciones condicionales y concesivas, según Leonardo Gómez Torrego (2005)

Pregunta Verdadero-Falso

Proponemos ponderar la pertinencia de las siguientes afirmaciones de acuerdo con la postura teórica de Gómez Torrego. Conviene recordar que el ícono situado junto a la opción "falso" permite ver algunas sugerencias:

Al igual que Gili Gaya, Gómez Torrego incluye las oraciones concesivas en el grupo de las subordinadas adverbiales.

Verdadero Falso     

El obstáculo que se comunica en las oraciones concesivas únicamente puede introducirse a través de la conjunción "aunque", el adverbio conjuntivo "así" y algunas locuciones como "si bien...", y "por más que...".

Verdadero Falso     

La preposición "para" seguida de infinitivo también tiene valor concesivo.

Verdadero Falso     

Según Gómez Torrego, al igual que las concesivas, las oraciones condicionales no son subordinadas adverbiales.

Verdadero Falso     

Según el autor, las dos oraciones (condicional y principal) deben ser tratadas como enunciados diferentes.

Verdadero Falso     

Al igual que Gili Gaya, Gómez Torrego clasifica las oraciones condicionales según el modo de la forma verbal (empleada en la prótasis).

Verdadero Falso     

La presencia de la conjunción "si" no siempre comunica un significado condicional.

Verdadero Falso